Reforma Por Omar Bustani Barrientos
Saetas al Aire

La Reforma

Comparte

De la reforma al discurso y a la indiferencia

 

En 2011 la reforma constitucional elevó a rango constitucional los Derechos Humanos en México, esto quiere decir que el Estado mexicano (en tres órdenes y en todos sus niveles de gobierno) adquirió la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar estos derechos fundamentales bajo el principio de la “interpretación conforme”, es decir, que todas las normas relativas a derechos humanos (del rango jerárquico que sea) se deben interpretar conforme a la propia Constitución y los tratados internacionales signados por nuestro país. Además de que se debe aplicar el principio de interpretación “pro persona”, que en términos prácticos supone que, cuando existan distintas interpretaciones posibles de una norma jurídica, se deberá elegir aquella que más proteja al titular de un derecho humano.

Las obligaciones que el estado mexicano adquirió deben cumplirse bajo los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad de los derechos y debe prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones de derechos humanos.

Como dato interesante, una de las finalidades de la educación que imparta el Estado mexicano deberá ser el respeto a los derechos humanos, de acuerdo con lo que a partir de la reforma señala el artículo 3 constitucional, tema pendiente, pues tenemos por ejemplo el creciente fenómeno del bullying escolar, sigue estando sin ser eficientemente atendido para su prevención y erradicación.

Un tema fundamental es que las comisiones de derechos humanos ahora pueden conocer de quejas en materia laboral, donde uno de los temas pendientes es la atención jurídica del fenómeno social llamado mobbing en inglés y traducido al español como acoso/hostigamiento laboral, donde está presente la violencia moral y psicológica, que causa daños a la salud y a la integridad física, moral y económica de las personas que lo sufren. Lo que resulta un tanto contradictorio porque al no reconocerse en las leyes generales y específicas dicho fenómeno (mobbing y sus diversas variantes), como queda claro en las iniciativas de ley presentadas ante el H Congreso de la Unión para que se tipifique como delito, queda sujeto a interpretaciones subjetivas de los jueces y magistrados aceptar o rechazar un caso de acusación por mobbing, lo que deja en estado de indefensión efectiva a las víctimas de este hecho -aún no llamado delictivo- y a los victimarios en la impunidad.

Hoy se toca otra vez el tema de los derechos humanos cuando México ha acumulado sentencias condenatorias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y condenas directas de la ONU, que han verificado en el plano internacional que el Estado mexicano presenta profundas deficiencias en la tutela de los derechos.

Pero al final, no se trata de discursos o de criminalizar todo en las leyes, ni de meter a todos los delincuentes a la cárcel como medida reactiva ante el fracaso de la planeación estratégica y la visión de largo alcance-tras sexenal- que supone la prevención social del delito.

Estamos hablando de la imperiosa necesidad de cambiar la cultura de todo el pueblo mexicano, para que se re estructure todo el estado y su modus operandi a fin de que se atiendan las causas estructurales que generan desigualdad, discriminación, escasa distribución de la riqueza, extrema pobreza, desnutrición, hambre, enfermedades físicas y psicosociales y otras más que son claras violaciones estructurales de los derechos humanos y que no basta con ignorarlas para hacer como que no existen.

Saetas al aire por Omar B.

Por Omar Bustani Barrientos

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *